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Preguntas frecuentes: Seguro de Automóviles

Preguntas frecuentes: Seguro de Automóviles

Pregunta Contratación 21

¿Cómo puedo justificar la existencia del seguro hasta que reciba la documentación del contrato?

De acuerdo con la legislación vigente (artículo 14 del Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, RD. 1507/2008), la vigencia del seguro obligatorio se constatará por los agentes de la autoridad mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.

En su defecto, quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del período en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, el período de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio.

Por lo tanto, se recomienda que, para hacerle llegar el recibo lo antes posible, indique el medio por el que Ud. prefiera que se le envíe (fax, correo electrónico, etc.) y que, una vez que Ud. lo tenga en su poder, efectúe el abono del mismo inmediatamente en el BBVA ó en el Banco Santander, dado que con el recibo sellado por esta Entidad Bancaria, Ud. dispone ya del documento que justifica la existencia y la vigencia del seguro.