Sí, es necesario que Vd. indique, al menos, el nombre de dos entidades aseguradoras a las que se haya dirigido, que no hayan aceptado el riesgo que pretende contratar y que le hayan comunicado por cualquier medio admitido en derecho su rechazo.
¿Es imprescindible el rechazo por parte de alguna entidad aseguradora privada?
Sí, es necesario que Vd. indique, al menos, el nombre de dos entidades aseguradoras a las que se haya dirigido, que no hayan aceptado el riesgo que pretende contratar y que le hayan comunicado por cualquier medio admitido en derecho su rechazo.