La indemnización se determina en función de las condiciones de la póliza de seguro (bien o persona asegurada, capital asegurado y cláusulas de la póliza), de la valoración por el perito del Consorcio de los daños sufridos y de la franquicia que la legislación establece para que se aplique por el Consorcio.
Esta franquicia se ha suprimido en el caso de daños a automóviles, viviendas y comunidades de propietarios de viviendas, y resulta aplicable en el caso de comercios, oficinas e industrias.