Naturaleza jurídica

Tras el ingreso de España en la Comunidad Europea, y como consecuencia de la preceptiva adaptación a la normativa comunitaria, la entrada en vigor en 1991 de su Estatuto Legal representó para el CCS una gran transformación en su naturaleza jurídica, en su régimen operativo y en su estructura y organización internas.

El CCS tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Aparte de regirse por su Estatuto Legal, el CCS está sujeto en su actividad al ordenamiento jurídico privado y ha de someterse a la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como a la Ley de contrato de seguro. A partir de ese momento el CCS dejó de ser organismo autónomo para convertirse en sociedad estatal, que queda enmarcada hoy día en la categoría de entidad pública empresarial, tal como fue configurada por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

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