Preguntas frecuentes: Contratación de Seguros

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Pregunta Contratación 37

Quiero contratar un seguro temporal para mi motocicleta, ya que sólo la uso los meses de verano. ¿Es posible?

La contratación de un seguro por un período inferior al año se realiza exclusivamente por teléfono a través del Centro de Atención Telefónica.

Con carácter general, el Consorcio no contrata seguros temporales, contrata seguros por un año, ya que la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece la obligatoriedad de todo propietario de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro para cada vehículo de que sea titular, sin hacer mención a que el vehículo esté estacionado o circulando.

Con carácter excepcional, el Consorcio hace el seguro por un período inferior al año en los siguientes supuestos:

  • Permiso de circulación de validez temporal: la finalización de la vigencia del seguro se ajustará a la validez del Permiso de Circulación.
  • Incumplimiento de la revisión de la I.T.V.: se formalizará un contrato con un período de vigencia de un mes con la finalidad de facilitar el cumplimiento de dicha obligación.
  • Documentación personal de estancia en España de validez temporal (Pasaporte, permiso de residencia): se ajustará el período de vigencia del seguro a dicha validez temporal. Para los ciudadanos de la Unión Europea no se tendrá en cuenta esta limitación.