Información para las entidades

Información para las entidades aseguradoras

El Consorcio, adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, es una Entidad Pública Empresarial inspirada en el principio de compensación cuya finalidad es cubrir los riesgos de los seguros que se determinan en su Estatuto Legal (1).

El patrimonio de El Consorcio es privativo y distinto al del Estado, financiándose con sus primas y recargos. Como cualquier otra entidad aseguradora el Consorcio constituye las oportunas provisiones técnicas, mantiene un margen de solvencia y, además, constituye una reserva de estabilización especial de carácter acumulativo, necesaria para la cobertura de los riesgos asumidos, a la que se destinan la totalidad de los resultados positivos de sus actividades.

El Consorcio mantiene la obligada separación financiera y contable entre las distintas actividades que determina su legislación específica, general, agraria, liquidadora y de crédito.

El Consorcio se ajusta al criterio de compensación como principal aspecto dentro de su estrategia recaudatoria e indemnizatoria, no haciéndose distinciones ni geográficas, ni económicas, ni de tipología de ramos de aseguramiento, exceptuando las mencionadas en el párrafo anterior.

(1) Texto refundido del Estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros, conforme la adaptación de la Disposición final octava de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (BOE nº 168, de 15 de julio).