Departamento de recaudación

Información para las entidades aseguradoras

Departamento de recaudación

Desde el momento del inicio de la actividad en España, las entidades aseguradoras tienen la obligación de recaudar los recargos y liquidarlos al Consorcio.

Las entidades aseguradoras deberán designar un representante a los efectos de declaración-liquidación de los recargos obligatorios que será el interlocutor con el Consorcio.

El representante obtendrá la condición de miembro del sistema de recaudación en cuanto, comunicados los datos mencionados en el anexo de la Resolución de 27 de marzo de 2018, sea dado de alta en el fichero de representantes de entidades aseguradoras en poder del propio Consorcio.

Los anexos 1, 2 y 3 relativos al representante de la entidad aseguradora, al interlocutor informático y el mandato B2B, pueden descargarse aquí

La entidad aseguradora será responsable de comunicar al Consorcio y demostrar en forma fehaciente, con antelación suficiente, los cambios habidos en sus representantes a los efectos de declaración-liquidación de recargos.