Además de las funciones generales del Consorcio de Compensación de Seguros, la entidad también asume otras actividades en el ramo de los Seguros Agrarios Combinados, en el seguro de accidentes en incendios forestales, en los seguros nucleares y otros.
Este ramo de seguros protege a los agricultores ante siniestros climatológicos sin depender de la asistencia de las Administraciones.
El sistema español de los Seguros Agrarios Combinados se inició, con el primer Plan anual , en 1980. Se daba así cumplimiento a la Ley fundacional de los Seguros Agrarios Combinados Ley 87/1978, de 28 de diciembre y su reglamento de aplicación.
Cuenta con la protección de un reaseguro del Consorcio de Compensación de Seguros. Además, el Consorcio tiene la función (garantía para ambas partes del contrato además de para las Administraciones) del control de las peritaciones y, desde el Plan 1985, participa en el cuadro de coaseguro.