Primas del Seguro de Incendio

Primas del Seguro de Incendios

Información de primas del ramo de incendio y elementos naturales

  • Nota informativa sobre validaciones en la declaración.

  • La disposición adicional decimocuarta de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, estableció que a partir del ejercicio 2016 la información de las primas, a efectos de la liquidación de las tasas por el mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y de las contribuciones especiales por el establecimiento y ampliación del servicio de extinción de incendios, habrá de remitirse al Consorcio de Compensación de Seguros.

    Se informará del cien por cien de las primas cobradas netas de extornos de los ramos conforme al siguiente detalle:

    06: Incendio.

    17: Multirriesgo Hogar.

    18: Multirriesgo Comercio.

    19: Multirriesgo Comunidades.

    20: Multirriesgo Industrial.

    21: Otros Multirriesgos.

  • Tendrán la consideración de representante de cada entidad aseguradora a efectos de la remisión de la información de las primas declaradas al Consorcio, quienes tengan tal consideración para la presentación e ingreso de las autoliquidaciones de los recargos obligatorios a favor del Consorcio.

  • El representante de la entidad aseguradora tiene que introducir las claves y contraseñas necesarias. Estas son suministradas por el Consorcio de Compensación de Seguros y son distintas de las comunicadas para la presentación de las autoliquidaciones de recargos por vía telemática.

Declaración de primas

Plazo de declaración de primas: De 1 de febrero a 30 de abril.

Ayuda a la declaración

Imagen de ContactoPor correo: primasincendios@consorseguros.es

Por teléfono:

  • Ayuda Técnica: +34 91 339 56 77
  • Ayuda de Gestión: +34 91 339 57 01