Vehículo desconocido

Vehículo desconocido

Daños a las personas exclusivamente, por siniestros ocurridos en España, en los que el vehículo causante fuera desconocido. No obstante, si como consecuencia de un accidente causado por un vehículo desconocido se hubieran derivado daños personales significativos, el CCS tendrá que indemnizar también los eventuales daños en los bienes derivados del mismo accidente. En este último caso podrá fijarse reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros. Se considerarán daños significativos, la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días.