Funciones del Consorcio en Seguros Agrarios Combinados

Funciones del Consorcio en Seguros Agrarios Combinados

Las funciones del Consorcio en este ramo vienen establecidas en el artículo 10 de su Estatuto Legal, y son las siguientes:

  • Reasegurador: mediante un reaseguro compensa, en los ejercicios en los que se incurre en exceso de siniestralidad , la mayor parte de dicho exceso. Las condiciones del contrato de reaseguro se establecen anualmente, como desarrollo de un plan anual, en una Orden Ministerial.
  • Coasegurador: participa en el cuadro de coaseguro, asumiendo una parte del riesgo del sistema de Seguros Agrarios como cualquier compañía coaseguradora. Actualmente tiene asignado el 10% del cuadro.
  • Control de las peritaciones de los siniestros: comprueba que el proceso de la peritación se realiza conforme a la normativa.
  • Asumir la cobertura de los daños personales en incendios forestales.