12. ¿Qué criterios de valoración se aplican para valorar los vehículos siniestrados? ¿Son de aplicación los valores de mercado publicados en el BOE? ¿Cuándo se descuentan los restos del vehículo del valor de la indemnización?
Preguntas frecuentes: Dana octubre 2024
12. ¿Qué criterios de valoración se aplican para valorar los vehículos siniestrados? ¿Son de aplicación los valores de mercado publicados en el BOE? ¿Cuándo se descuentan los restos del vehículo del valor de la indemnización?
12. ¿Qué criterios de valoración se aplican para valorar los vehículos siniestrados? ¿Son de aplicación los valores de mercado publicados en el BOE? ¿Cuándo se descuentan los restos del vehículo del valor de la indemnización?
El CCS atiende las prestaciones por contrato de seguro derivadas de los daños a los vehículos conforme a
- los procedimientos de peritación de la actividad aseguradora,
- la póliza de seguro de cada vehículo,
- el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Riegos Extraordinarios
- la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.
Los criterios de peritación aplicados son de general aceptación en el sector asegurador, y establecen las siguientes pautas para adecuar en cada caso la indemnización al importe que ha de corresponder a cada asegurado:
- Para vehículos con seguro exclusivamente de responsabilidad civil, el valor de mercado del vehículo a indemnizar se aproxima aplicando el valor Ganvam (tablas del Grupo Autónomo Nacional de Vendedores de Automóviles, Camiones y Motocicletas que muestran el valor en euros de todos los vehículos y versiones disponibles) e incrementado en un 20%, y sin incluir accesorios (ya que estos no estarían asegurados en el seguro de responsabilidad civil obligatorio).
- Para vehículos asegurados con alguna garantía de daños propios, la pérdida se valorará según las normas de valoración, mejoras, limitaciones y exclusiones establecidas en el contrato de seguro del propio vehículo.
- Adicionalmente, para vehículos automóviles en funcionamiento y con ITV en vigor, se aplican ciertos valores mínimos: 750€ para turismos; 400€ motocicletas y 150€ ciclomotores.
- No se descontarán restos (valor de lo que queda del vehículo dañado) en los casos de pérdida total a efectos del seguro contratado y se cumplen los siguientes requisitos:
- Que se trate de vehículos depositados en las campas.
- Que hayan sido trasladados posteriormente a un centro autorizado para el tratamiento de los vehículos (CAT).
- Que hayan sido peritados por el CCS o las entidades aseguradoras firmantes del Procedimiento Operativo Especial (POE).
Los valores de mercado publicados en el BOE son los valores medios a efectos fiscales para la liquidación de los impuestos ITP-AJD e ISD, entre otros. Por tanto, tienen una finalidad distinta a la determinación del valor a indemnizar por contrato de seguro.
El valor de mercado de referencia a indemnizar en el caso de vehículos a motor (valor Ganvam incrementado en un 20%, y sin incluir accesorios) es una referencia contrastada y de general aceptación en el sector asegurador.